El Certificado de Inversión Audiovisual – CINA es un título valor que se emite a nombre del productor extranjero, quien puede negociarlo con personas naturales o jurídicas.
Para obtener este incentivo el proyecto u obra cinematográfica debe tener un gasto mínimo en servicios audiovisuales y logísticos en Colombia por un valor de $1.800.000.000 COP (USD $450.000*).
Otros formatos:
Para series: el gasto mínimo puede estar distribuido hasta en 4 episodios. El costo promedio por episodio es de $450 millones COP (USD 113.000*).
Contenidos cortos para web: el gasto mínimo puede estar distribuido hasta en 20 capítulos. El costo promedio por capítulo es de $90 millones COP (USD 23.000*).
* Si el gasto en el país es igual o superior a $9000 SMLMV, no tendría gasto promedio por capítulo.
Para videos musicales – Videojuegos – Producción audiovisual publicitaria: el gasto mínimo puede estar distribuido hasta en 5 obras. El gasto promedio por obra es de $360 millones COP (USD 90.000*).
Para postproducción: el gasto mínimo es de $360 millones COP (US 90.000*).
*Valor aproximado en dólares.
LA CONVOCATORIA PARA APLICAR AL CINA ESTÁ ABIERTA TODO EL AÑO. Si quiere que su proyecto sea elegible para el comité del mes, debe postularse antes del 6 de cada mes. Si se presenta después de esta fecha, su proyecto entrará al comité del mes siguiente.
PLAN DE EJECUCIÓN
Obras cinematográficas: 9 meses.
Producción y postproducción hasta 18 meses.
Seriados: 12 meses.
Producción y postproducción hasta 24 meses.
Videos musicales: 18 meses.
Videojuegos: 48 meses.
Realización Audiovisual Publicitaria: 18 meses.
Proyectos de animación: 48 meses.
Postproducción: 18 meses.
Salario mínimo legal mensual vigente. Para el 2022 el SMLMV es $1.000.000.
El proceso de negociación y uso del incentivo CINA se divide en dos partes: la venta que el productor extranjero hace del CINA -generalmente a través de un corredor de bolsa- y el uso para el pago de impuestos que hace el beneficiario colombiano que adquiere el CINA.
Este proceso se explica a continuación:
- EMISIÓN DEL CINA
El CINA es emitido por el Ministerio de Cultura a nombre del productor extranjero a través del sistema DECEVAL, que administra un cupo con la cantidad emitida anualmente. - RECEPCIÓN DEL CINA POR PARTE DE LA EMPRESA DE INTERMEDIACIÓN U OTRO DEPOSITANTE DIRECTO
El productor extranjero beneficiario del CINA debe estar adscrito a una sociedad comisionista de bolsa, u otra entidad que lo represente, que actúe como depositante directo para su venta en el mercado secundario. - VENTA DEL CINA (PRODUCTOR EXTRANJERO)
El productor extranjero vende el CINA a personas naturales o jurídicas declarantes del impuesto sobre la renta en Colombia en el mercado secundario, a través de una sociedad comisionista de bolsa, mediante negociación en el sistema transaccional (Master Trader). - COMPRA DEL CINA (BENEFICIARIO COLOMBIANO)
Una persona natural o jurídica colombiana puede comprar el CINA al productor extranjero. Esta operación puede realizarse mediante negociación en el mercado secundario o a través de una compraventa en ventanilla. Posteriormente, el beneficiario colombiano puede volver a vender el CINA a personas naturales o jurídicas declarantes del impuesto sobre la renta en Colombia o puede utilizarla para el pago de este impuesto. Si el beneficiario colombiano pretende utilizarlo, debe solicitar al comisionista de bolsa el cambio de depositante a un banco que pueda realizar dicha operación.
En primera instancia, este pago solo puede realizarse en Bancolombia o GNB Sudameris (sucursales corporativas). Para conocer el listado de oficinas a nivel nacional que aceptan el pago de impuestos con CINA, consulte el anexo.
Cabo de La Vela, Guajira - Cortesía: Revela Colombia.