Uno de los requisitos para tramitar la visa tipo V de cortesía, es la Certificación expedida por el Ministerio de Cultura (Autorización de rodaje en territorio nacional) o por la Comisión Fílmica de Proimágenes Colombia (Certificación de obra audiovisual extranjera):
Si su proyecto es una obra cinematográfica (largometraje o cortometraje) debe solicitar el documento emitido por el Ministerio de Cultura.
Si su proyecto es un formato audiovisual diferente a una obra cinematográfica (largometraje o cortometraje) debe solicitar el documento emitido por la Comisión Fílmica de Proimágenes Colombia.
La certificación de obra audiovisual extranjera es un documento, individual e intransferible, que avala que la persona extranjera ingresa a Colombia a realizar labores profesionales en un proyecto audiovisual extranjero.
Para iniciar el procedimiento a través de la Comisión Fílmica de Proimágenes Colombia, descargue primero el INSTRUCTIVO PARA LA SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE OBRA AUDIOVISUAL EXTRANJERA.
Después de la lectura del instructivo, por favor realice la carga de sus documentos en el siguiente enlace.
El Ministerio de Relaciones Exteriores establece el otorgamiento de la visa tipo V de cortesía para el personal artístico, técnico y de producción extranjera que ingrese al país con el objeto de realizar proyectos audiovisuales extranjeros.
La solicitud de la visa tipo V de cortesía debe realizarse electrónicamente en el siguiente enlace.
Los documentos que se requieren para su solicitud de visa:
1. Foto reciente a color con fondo blanco de 4 x 3 cm.
2. Copia de la página principal del pasaporte vigente donde aparezcan registrados los datos personales del titular con hojas libres para visado.
3. Si ya se encuentra dentro de Colombia, copia del último sello de ingreso.
4. Si vive en un país diferente al de su nacionalidad y no cuenta con la nacionalidad en ese país, copia del documento que demuestra su estancia legal en el país de residencia.
5. De haber tenido una visa colombiana previamente, copia de esta.
6. Seguro médico que acredite la cobertura médica, mínimo durante el tiempo de permanencia en el país.
7. Certificación expedida por el Ministerio de Cultura (Autorización de rodaje en territorio nacional) o por la Comisión Fílmica de Proimágenes Colombia (Certificación de obra audiovisual extranjera):
Si su proyecto es una obra cinematográfica (largometraje o cortometraje) debe solicitar el documento emitido por el Ministerio de Cultura.
Si su proyecto es un formato audiovisual diferente a una obra cinematográfica (largometraje o cortometraje) debe solicitar el documento emitido por la Comisión Fílmica de Proimágenes Colombia.
Para mayor información descargue los anexos MÁS INFORMACIÓN SOBRE VISAS y RESOLUCIÓN 6045 DEL 2 DE AGOSTO DE 2017.
El procedimiento de Visa a través de la Cancillería puede ser realizado directamente por el productor del proyecto en este enlace y no tiene ningún costo.
De ser necesario, la Comisión Fílmica puede realizar la solicitud de visas para el proyecto por un costo determinado (ver anexo) de acuerdo a la cantidad de visas que requiera tramitar.
Para iniciar el procedimiento de trámite de solicitud visas tipo V de cortesía a través de Proimágenes Comisión Fílmica, descargue el anexo INSTRUCTIVO SOLICITUD TRÁMITE DE VISA TIPO V DE CORTESÍA con las indicaciones para poder realizar la correcta carga de documentos en los siguientes enlaces:
Paso 1: Solicitud de autorización de rodaje (Min. Cultura) o solicitud de certificación de obra audiovisual extranjera (Comisión Fílmica)
Paso 2: INSTRUCTIVO SOLICITUD TRÁMITE VISA TIPO V DE CORTESÍA
-Formulario para completar la solicitud trámite de visas tipo V de cortesía
-Formulario para completar datos personales de cada persona extranjera (recuerde que debe diligenciar este formulario por cada persona que requiera una visa tipo V de cortesía. De no diligenciarlos, sus solicitudes de visa no podrán ser procesadas)
Tenga en cuenta que si el personal extranjero es contratado por una empresa colombiana, no aplica para la solicitud de visa tipo V de cortesía.
Para evitar problemas migratorios no deje vencer su visa.
ANEXOS:
La legislación colombiana establece diversas modalidades para realizar una operación de importación, las cuales permitirán la libre disposición de las mercancías.
Las más comunes en el sector audiovisual son:
-Importación temporal de corto plazo de equipos, aparatos y materiales necesarios para la producción y realización de obras audiovisuales de cualquier género, así como los accesorios fungibles.
-Entrega urgente por necesidad apremiante.
-Excepción de la constitución de garantía para la importación de material y equipo profesional para cinematografía, audiovisuales y películas cinematográficas impresionadas y reveladas mudas o con la impresión.
La solicitud de la Certificación de trámites aduaneros de obras cinematográficas (largometraje o cortometraje) debe ser realizada a través del Ministerio de Cultura.
Si su proyecto es un formato audiovisual diferente a una obra cinematográfica (largometraje o cortometraje) debe solicitar la certificación de trámites aduaneros a través de la Comisión Fílmica de Proimágenes Colombia. El costo de esta solicitud es de 1 SMMLV.
INSTRUCTIVO SOLICITUD DE TRÁMITES ADUANEROS
Recuerde conservar los documentos de soporte, pueden ser solicitados en cualquier momento por la autoridad aduanera.
ANEXOS:
CERTIFICACIÓN CONCEPTO FAVORABLE
La Resolución No. 0733 de 2021 (08 de abril del 2021) del Ministerio de Defensa impulsa a todas las entidades estatales a prestar el apoyo requerido por el sector cultural en la utilización de locaciones y elementos para la realización audiovisual. Con este fin se crea el Comité Técnico Audiovisual del Sector Defensa que por medio de la Directiva No. 08 del 2021, tendrá como objetivo revisar, analizar y evaluar las propuestas de producciones audiovisuales nacionales e internacionales que requieran el apoyo de la Fuerza Pública.
Para que el proyecto pueda ser evaluado por el Comité Técnico Audiovisual del Sector Defensa para obtener el apoyo de la fuerza pública debe enviar un correo electrónico a pineaudiovisual@mindefensa.gov.co adjuntando la siguiente documentación:
1. Si su proyecto es una obra cinematográfica (largometraje o cortometraje) debe adjuntar el documento emitido por el Ministerio de Cultura. Este proceso es gratuito.
Si su proyecto es un formato audiovisual diferente a una obra cinematográfica (largometraje o cortometraje) debe adjuntar el documento de CONCEPTO FAVORABLE emitido por la Comisión Fílmica de Proimágenes Colombia. El costo de esta solicitud es de 1 SMMLV.
2. Información básica del solicitante: razón social, Número de Identificación Tributaria – NIT, correo electrónico, dirección (departamento, ciudad y país de residencia), número de teléfono fijo y celular, certificado de existencia y representación legal o documento equivalente para personas jurídicas extranjeras.
3. Detalles de la producción: sinopsis, tipo, formato y género de la producción audiovisual, plataforma de emisión, fecha de inicio y finalización de rodaje, fecha probable de estreno e inversión total de la producción, especificando la inversión en Colombia.
4. Requerimientos para la Fuerza Pública: especificaciones relacionadas con la cantidad y cualidad del requerimiento de infraestructura, equipos, intendencia, personal o asesoría necesaria.
5. Guion de la producción: completo y aprobado por la productora, especificando las escenas relacionadas con la participación de la Fuerza Pública.
6. Líder o responsable del proyecto audiovisual: esta persona será el punto de contacto permanente con el Ministerio de Defensa Nacional. Debe informarse nombre completo, documento de identificación, cargo, teléfono fijo o celular, correo electrónico.
Para mayor información por favor descargar el anexo DIRECTIVA PERMANENTE NO. 08 DEL 2021 DEL MINISTERIO DE DEFENSA.
Para iniciar el procedimiento de solicitud del documento de CONCEPTO FAVORABLE emitido por la Comisión Fílmica de Proimágenes Colombia descargue primero el INSTRUCTIVO SOLICITUD CONCEPTO FAVORABLE.
Después de la lectura del instructivo, por favor realice la carga de sus documentos en el siguiente enlace.
ANEXOS:
RESOLUCIÓN NO. 0733 DE 2021 DEL 8 DE ABRIL DE 2021 DEL MINISTERIO DE DEFENSA.
DIRECTIVA PERMANENTE NO. 08 DEL 2021 DEL MINISTERIO DE DEFENSA.
PERMISOS
Los proyectos de cine pueden solicitar una autorización para filmar en Colombia expedida por la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura.
Si se trata de una obra audiovisual no cinematográfica, las entidades públicas del país, pueden solicitar un concepto de Proimágenes Colombia respecto a la pertinencia del proyecto. Esto no es un permiso de grabación ni exime de trámites con alcaldías o entidades pertinentes simplemente facilita el procedimiento con las entidades que otorgan el permiso.
Permisos locales
Todos los permisos para rodaje en el espacio público deben tramitarse a través de las entidades de gobierno de la ciudad o el municipio en donde se va a realizar el rodaje.
Volver a rodar en Colombia
Luego de que a mediados de junio pasado el Gobierno Nacional le diera vía libre a la reactivación de las llamadas industrias culturales, el sector audiovisual del país se ha venido preparando para entrar gradualmente de nuevo en ¡Acción!
Consulte el documento Volver a Rodar en Colombia y la Infografía.
Conozca el Protocolo de Bioseguridad COVID – 19 para el sector audiovisual.
Página web:
www.filmingbogota.gov.co, https://filmedellin.com/
Permisos de grabación en el espacio público de Bogotá
La Comisión Fílmica de Bogotá se encarga de otorgar y gestionar los permisos a las producciones que utilicen a la capital como locación. Todos los trámites se deben hacer a través de esta entidad.
Comisión Fílmica de Bogotá, Cinemateca Distrital
Carrera 8 # 15-46 piso 1
Teléfono: (57+1) 3 79 57 50
Ext: 3410, 3409, 3406
Página web:
www.filmingbogota.gov.co
Asesor Comisión Fílmica: cfb@idartes.gov.co
Permiso Unificado: pufa.cfb@idartes.gov.co
Información para filmar en Bogotá: info.cfb@idartes.gov.co
Permisos para rodar en Medellín
Mediante la Ventanilla Única de la Comisión Fílmica de Medellín se gestionan los permisos necesarios para el aprovechamiento del espacio público y bienes de uso público con fines audiovisuales en esta ciudad.
Este proceso articula todo lo referente a la autorización del uso como locación, consideraciones de gestión del riesgo, verificación de protocolos de bioseguridad, permisos de movilidad, asesoría en el trámite para la participación de menores de edad y costos de uso comercial del espacio público y bienes de uso público (en las locaciones que así aplique), entre otros requerimientos según la complejidad de cada proyecto.
Para solicitar un permiso, se debe ingresar a filmedellin.com/ventanillaunica. Allí podrá descargar el Formato de Ventanilla Única que debe diligenciarse y enviarse al correo indicado en el sitio web.
Comisión Fílmica de Medellín
Secretaría de Desarrollo Económico de la Alcaldía de Medellín. Calle 44 # 52 – 165, edificio Plaza de la Libertad, piso 11. Torre A.
Página web:
https://filmedellin.com/ventanillaunica/
Responsable Ventanilla Única:
administrativo@filmedellin.com
Permiso para rodar en Parques Nacionales Naturales
Para filmar, grabar o tomar fotografías en áreas protegidas del orden nacional debe hacerse la solicitud en la dirección general de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales. Los pasos a seguir son los siguientes: El interesado deberá presentar la solicitud ante la Ventanilla Ambiental (Cra. 10 No 20-30 mezanine; Bogotá), que incluirá la siguiente información:
• Unidad o área de conservación donde se realizará el proyecto.
• Lugar o sector de filmación.
• Tipo de producto a filmar: documentales, crónicas, investigaciones, escenas de seriados, telenovelas, etc.
• Nombre, identificación, nacionalidad, domicilio, dirección, teléfono, fax y funciones del responsable del grupo y de las demás personas que ingresarán al parque.
• Fechas de ingreso y salida.
• Características del equipo técnico a utilizar.
• Día y hora de filmación.
• Número y clase de vehículos: (motocicleta, automóvil, camioneta, taxi, bus, buseta oficial, buseta turismo, embarcación, etc.).
• Cuando se trate de una persona jurídica y teniendo en cuenta su naturaleza, se debe anexar la prueba de existencia y representación legal.
• Cuando se actúe en nombre o representación de un tercero, se debe anexar el poder o mandato debidamente conferido.
• Diligenciar formato de autoliquidación.
• Consignación de la tarifa por evaluación y seguimiento y entregarla en la Ventanilla Ambiental (cra 10 No 20-30 mezanine; Bogotá). Otorgado el permiso deberá consignar el valor correspondiente, dependiendo del número de días de filmación.
Para mayor información comunicarse con:
atencionusuario@parquesnacionales.gov.co.
Nota: El envío de preguntas y solicitudes por correo electrónico no implica el inicio del trámite.
Información sobre parques Naturales Nacionales
Parques Nacionales Naturales de Colombia
Calle 74 No. 11-81, Bogota
(57+1) 3532400
Página web:
http://www.parquesnacionales.gov.co/portal/es/parques-nacionales/
Permiso para filmar o tomar fotografías aéreas con drones
Para filmar, grabar o tomar fotografías aéreas con R/PAS o drones es necesario solicitar la autorización a través de la aeronáutica civil.
A continuación, encontrará un listado general de los requerimientos para este permiso:
- Licencia de piloto privado con curso en tierra.
2. 40 Horas de vuelo y 200 despegues y aterrizajes, previos, certificados por la escuela de aviación.
3. Identificación y matrícula del dron.
4. Póliza de seguro para daños a terceros.
5. Solicitud con plan de vuelo ante la Aeronáutica Civil con 15 días hábiles de anticipación.
6. El dron debe tener un color que permita ser identificado fácilmente en el aire.
Los tipos de drones que no pueden volar en Colombia son los mayores de 25 kilogramos y que sus hélices sean metálicas. Además, no se puede volar cerca de aeropuertos, bases militares y de policía, entidades del estado como gobernaciones y alcaldías, eventos con aglomeración de personas y cerca de edificaciones.
A continuación, las distancias de vuelo permitidas:
• Altura máxima: 152 metros.
• Altura mínima de un objeto o persona: 50 metros.
• Distancia máxima recorrida: 750 metros.
Más información sobre el permiso para filmar o tomar fotografías aéreas con drones
Aeronáutica Civil
Avenida El Dorado No. 103-15, Edificio Central Aerocivil
(57+1) 425 1000 – (57+1) 594 8600
Página web:
http://www.aerocivil.gov.co/
Permisos en parques arqueológicos
En general para filmar, grabar o tomar fotografías en zonas arqueológicas debe hacerse la solicitud ante la Dirección General del ICANH – INSTITUTO COLOMBIANO DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA – en la Calle 12 No 2-41, Bogotá. Los lineamientos más específicos a considerar son:
• Todo documental o video con fines científicos o de divulgación del patrimonio antropológico, arqueológico, histórico y/o etnográfico del país, podrá llevarse a cabo en los Parques Arqueológicos Nacionales sin costo alguno. La condición ineludible es que el proceso de filmación deberá estar acompañado y supervisado por un funcionario del ICANH, quién también deberá aparecer en los créditos del documental o video.
• La solicitud de permiso de filmación deberá realizarse como mínimo con un mes de anticipación. Atención: El envío de preguntas y solicitudes por correo electrónico no implica el inicio del trámite.
• Respecto a la filmación de películas o a la realización de proyectos audiovisuales de carácter no documental, se pueden tomar algunas consideraciones en ciertos Parques Arqueológicos Nacionales, según el proyecto y el parque en cuestión. Para estos fines debe hacerse la solicitud ante la Dirección General del ICANH, especificando todos los detalles del proyecto, tales como temática, guión, número de días que se requiere ingresar al parque, horarios de permanencia, cantidad de personas que conforman el equipo de trabajo, el tipo de equipo (pesado o liviano), etc. Después de estudiar el proyecto la Dirección General del ICANH determinará viabilidad, costos, obligaciones y restricciones.
Más información sobre permisos para grabar en parques arqueológicos
Para mayor información comunicarse con:
contactenos@icanh.gov.co
Avenida Calle 12 No. 2-41, La Candelaria, Bogota
(57+1) 444 0544
Página web:
https://www.icanh.gov.co/
Uso de armas y explosivos
El Ministerio de Defensa Nacional, a través de su Departamento de Control al Comercio de Armas, Municiones y Explosivos (DCCAE), regula el uso de estos materiales, frecuentemente utilizados como utilería en las producciones audiovisuales. De ahí que cualquier persona o empresa que quiera hacer uso de ellas dentro del territorio colombiano debe contar con los permisos que otorga esta dependencia.
Consulte el documento completo aqui
Página web:
https://www.controlarmas.mil.co/
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS
Desde la Comisión Fílmica colombiana se realizó un Manual de Buenas Prácticas para tener en cuenta en el momento de llevar a cabo producciones audiovisuales.